EL DOCUMENTO QUE LO CAMBIA TODO

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LOS HECHOS:

En 2018, la subdirectora y su madre entregaron DOS casas al Estado a cambio de UNA vivienda confiscada por proxenetismo. El objetivo: que la madre, con enfermedades graves, pudiera vivir con su hija. El CAM aprobó la operación. Todo legal.

En 2021, una verificación fiscal de 9 meses revisó el caso. No encontraron nada irregular en su trabajo, solo se enfocaron en la permuta.

El 25 de enero de 2024, fueron condenadas:

  • Exdirectora (10 días en el cargo): 6 años como cómplice.
  • Subdirectora: 7 años por «cohecho impropio».

La madre de la subdirectora falleció el 2 de noviembre de 2025 por el dolor y las enfermedades.


MIENTRAS TANTO, LOS VERDADEROS CORRUPTOS:

  • Sucel Suárez Luna (exjefa de Fiscalía): su casa se cayó y en menos de un año tenía dos pisos construidos.
  • Bárbara Sánchez (expresidenta del Tribunal): hizo su casa con materiales del Estado.
  • Jefa del Dpto Civil de la Fiscalía: fue puesta como Directora de la Vivienda, compró casa y hoy vive en EE.UU.
  • Reynier López Dies (verificador de Fiscalía): también emigró.

Todos señalados, todos libres, algunos en Miami.


LO QUE DICE LA DENUNCIANTE:

«Se dieron dos casas por una. Todo legal. La camarilla tergiversó los hechos. Ya estamos desesperadas. Perdimos familias. Tenemos hijos menores.»

La denunciante ha aportado el Acuerdo No 101/2018 del Consejo de Administración Municipal de Manzanillo, firmado el 1 de marzo de 2018 por el entonces presidente del CAM, José Enrique Remón Domínguez.

Este documento no es un testimonio. Es un acto administrativo oficial, con validez jurídica, que prueba:

✅ Que la permuta fue aprobada por unanimidad.
✅ Que las dos viviendas entregadas por ellas pasaron a manos del Estado.
✅ Que la operación fue legal, pública y registrada.

Entonces, la pregunta es obligada:

Si este documento existía antes del juicio:

¿por qué no fue presentado como prueba?
Si fue presentado, ¿por qué el tribunal lo ignoró?
Si no fue presentado, ¿quién impidió que la defensa tuviera acceso a esta prueba?


LO QUE EXIGIMOS COMO MÍNIMO RAZONABLE:

No pedimos fe. Pedimos verificación.

Que cualquier autoridad competente —Fiscalía General, Tribunal Supremo, Contraloría, o incluso un periodista con acceso a fuentes oficiales— tome este documento y lo coteje con el expediente judicial.

Que confirmen:

  1. Si el Acuerdo No 101/2018 existe en los registros del CAM de Manzanillo.
  2. Si fue incorporado al proceso judicial.
  3. Si fue valorado por el tribunal.
  4. Y si no lo fue, que expliquen por qué una prueba documental pública no fue considerada.

Esto no es un testimonio. Es un papel firmado por el gobierno.
Si el gobierno aprobó la permuta en 2018, ¿cómo puede ser delito en 2024?


LO QUE ESTÁ EN JUEGO:

Si este documento es auténtico —y todo indica que lo es—, entonces dos mujeres están presas por una operación que el propio Estado autorizó.

Y si eso es cierto, entonces el problema no es la ley. Es quien la aplicó.


HASTA QUE ALGUIEN VERIFIQUE, ESTAS MUJERES SIGUEN PRESAS

No pedimos que nos crean a nosotros.
Pedimos que alguien con poder para hacerlo —un fiscal, un juez, un auditor, un periodista— vaya y verifique.

Que tomen el documento. Que vayan al CAM de Manzanillo. Que abran el expediente. Que comparen firmas y fechas.

Y si todo coincide, que tumben la puerta del caso y lo reabran de una vez.

Porque si el Estado condena lo que el propio Estado aprobó,
entonces no hay justicia. Hay una maquinaria que tritura inocentes mientras los culpables huyen o construyen mansiones.

LMS: Dado al Tipo de Documento, Cargos, Sentencia, Implicados y Demás tras esta publicación no nos asemos responsables de esta Denuncia. En manos de la ley queda; el que entienda entenderá.

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