Reyna Isabel Ramos Álvarez, vecina de calle 9 #24 en Bayamo, es acusada de engañar al señor Grabiel Arcángel Ramos Moratalla, ya fallecido, haciéndole creer que era el padre biológico de la niña Grabiela Alexa Ramos Ramos. Según la denuncia, el verdadero padre está cumpliendo sanción penal. Con el engaño, lograron que el anciano les hiciera la placa de la vivienda de la madre y luego les contribuyera con una casa. Ahora, madre e hija han llevado a la esposa del fallecido a los tribunales para reclamar la herencia de la niña, a sabiendas de que no es hija biológica del señor. El denunciante pide que los tribunales ordenen una prueba de paternidad y que la madre pague por años de estafa.
Una vecina de Bayamo, Granma, ha contactado a nuestra redacción para denunciar una presunta estafa que involucra a Reyna Isabel Ramos Álvarez y a su madre. Según el testimonio, ambas mujeres engañaron al señor Grabiel Arcángel Ramos Moratalla, ya fallecido, haciéndole creer que era el padre biológico de la niña Grabiela Alexa Ramos Ramos, con el objetivo de obtener beneficios materiales, incluyendo una vivienda.
Los hechos: un engaño que duró años
El denunciante relata:
- «Esta mujer, al igual que su mamá, le hicieron creer al señor Grabiel Arcángel Ramos Moratalla que su hija Grabiela Alexa Ramos Ramos era de él, con el objetivo de que él le hiciera la placa de la casa de la mamá de ella y encima de esta le contribuyera una casa, para beneficio de ellas».
- «Teniendo estas conocimiento de que el verdadero padre de esta niña no era él, y el verdadero se encuentra cumpliendo sanción judicial en la unidad penitenciaria Las Mangas en Granma».
El fallecimiento del señor y la estafa a la viuda
El señor Grabiel Arcángel Ramos Moratalla falleció producto de una enfermedad que lo aquejó por varios años. Durante ese tiempo, su pareja estable, Naila Rodríguez, estuvo a su lado hasta el final. Sin embargo, tras su muerte, Reyna Isabel Ramos Álvarez y su madre han continuado con su accionar fraudulento:
- «Ahora han llevado a la esposa de este señor a los tribunales para reclamar el derecho de la herencia de esta niña, la cual ambas tienen conocimiento que no es hija del fallecido».
- «La han sacado de la casa, adjudicándose el derecho de la casa del señor».
La petición del denunciante
El ciudadano solicita:
- «Que tanto el Tribunal Municipal de Bayamo como el Tribunal Provincial de Granma le hagan una solicitud de prueba de paternidad a esta niña».
- «Que la madre pague por tantos años de estafa a este señor ya fallecido, como ahora a su familia».
El contexto legal: la prueba de paternidad en Cuba
La legislación cubana contempla la acción de reclamación de paternidad como un derecho de los hijos, que puede ser ejercida por la madre, el presunto padre o el propio hijo . Los tribunales pueden ordenar pruebas de ADN para determinar la filiación, y estas pruebas son vinculantes.
La Ley No. 128 del Código de las Familias, vigente desde 2022, establece que la filiación puede determinarse por la posesión de estado o por prueba biológica. En casos de disputa, el tribunal puede ordenar exámenes de ADN para establecer la verdad biológica. El artículo 196 de la nueva ley establece que «la determinación de la filiación por la vía judicial podrá fundarse en cualquier medio de prueba admitido por la ley, con especial valoración de las pruebas biológicas».
El agravante: el engaño como vía para obtener bienes
El denunciante enfatiza el dolor causado a la viuda: «Es doloroso lo que tanto ella como su madre le están haciendo a la esposa del fallecido, que pasó más de tres años luchando sola con él durante su enfermedad». Y critica la pasividad de los tribunales: «Los tribunales en Cuba no hacen nada para defender ese derecho, ya que él le hizo la casa sabiendo ellas que no es el padre biológico de la niña».
Las pruebas
La denuncia incluye una fotografía de Reyna Isabel Ramos Álvarez.
Resumen:
Un denunciante acusa a Reyna Isabel Ramos Álvarez y a su madre de estafar al señor Grabiel Arcángel Ramos Moratalla, haciéndole creer que era el padre biológico de su nieta para obtener una casa y otros beneficios. El verdadero padre está preso. Tras la muerte del señor, madre e hija han demandado a la viuda para reclamar la herencia de la niña, a sabiendas de que no es hija biológica del fallecido. El denunciante pide que los tribunales ordenen una prueba de paternidad.
Nota final:
El caso de Reyna Isabel Ramos Álvarez es una muestra de cómo el engaño puede prolongarse por años y cómo el sistema judicial puede ser utilizado para perpetuar una estafa. Mientras la esposa del fallecido —que lo cuidó durante su enfermedad— es despojada de su vivienda, las estafadoras reclaman una herencia que no les corresponde, amparadas en una mentira.
La legislación cubana permite la prueba de paternidad por ADN como medio vinculante para establecer la filiación. Los tribunales de Bayamo y Granma tienen la obligación de ordenar esa prueba. Si la niña no es hija biológica del señor, la herencia no le corresponde, y las responsables del engaño deberían enfrentar consecuencias legales.
Las autoridades de la Fiscalía y el Tribunal en Granma tienen la palabra. La viuda, que perdió a su esposo y ahora pierde su casa, merece justicia. Y la niña, que es utilizada como instrumento en esta estafa, merece que se establezca su verdadera filiación. Porque la mentira no puede ser la base de un derecho hereditario.














